CUESTIONES SENSIBLES: MENORES Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN

El principio rector que anima a la redacción de este escrito es promover el respeto al honor, la intimidad y la imagen de los menores en el ejercicio de la profesión de comunicadores.

Los profesionales de los medios se encuentran a menudo en su trabajo diario con la problemática surgida de la necesidad de inmediatez y el trato de cuestiones que son en su mayoría sensibles.

En estos supuestos es importante el conocimiento y uso del sentido común ponderando el derecho a la información y el respeto a los derechos fundamentales, especialmente de aquellos colectivos protegidos como son los menores.

Os facilitamos un listado de normativa de aplicación y vínculos de interés para profundizar en el tema. Debe no obstante reconocerse que ni las normas internacionales, estatales y autonómicas promulgadas, ni la supervisión de las Administraciones públicas, ni la intervención del Ministerio Fiscal pueden garantizar el pleno y riguroso respeto de los derechos de los menores si no van acompañadas de una auténtica concienciación social. Representantes legales y medios de comunicación, cada uno en su ámbito funcional, deben constituirse en garantes de los derechos de la infancia.

MARCO JURÍDICO:

Art. 16 Convención de Derechos del Niño del 20 de noviembre de 1989.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/ircdn.html

Punto 8.29 y 8.43 de la Carta Europea de Derechos del Niño.

http://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=44355&IDTIPO=60&RASTRO=c566$m6094,6104

Artículo 10.3 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 19 de diciembre de 1966.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/pdcp.html

Constitución Española: artículos 10.2, 39.4, 18, 21.1.d, 105. b) y 39.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/constitucion.html

Artículo 4 y 13.3 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/lo1-1996.html

Artículo 7 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l7-2010.html

Artículo 35.2 y 56.2.C de la Ley Orgánica 5/2000 de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo5-2000.html

Real Decreto 1774/2004 de 30 de Julio: artículos 12.3, 30, 32, 34, 37, 40.8, 41, 54 y el 2.4.

http://www.boe.es/boe/dias/2004/08/30/pdfs/A30127-30149.pdf

Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre Código Penal: artículos 19 y Título XI Delitos contra el Honor (197.6 C.P) y Título XII Delitos contra las relaciones familiares (art. 226 CP).

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.html

Artículos 172 y 156 del Código Civil

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/cc.l1t7.html#a172

Instrucción 3/2005 sobre las relaciones del ministerio fiscal con los medios de comunicación.

https://www.fiscal.es/fiscal/PA_WebApp_SGNTJ_NFIS/descarga/MN_Intruccion3_2005.pdf?idFile=8f6617e1-fc6b-4b51-8cc5-f98b921a514e

Instrucción 2/2006 sobre el Fiscal y la Protección del Derecho al Honor, Intimidad y Propia Imagen de los Menores.

https://www.fiscal.es/fiscal/PA_WebApp_SGNTJ_NFIS/descarga/MN_Instruccion2_2006.pdf?idFile=d92b78f7-421a-4609-b368-7ceb9d4f31db

Otros vínculos de interés:

  • RTVE: cuestiones sensibles.

http://manualdeestilo.rtve.es/cuestiones-sensibles/5-2-ninos-y-adolescentes/

  • Libro: Menores en los medios de comunicación: información responsable o espectáculo.

http://proteccionyrefomajuvenil.blogspot.com.es/2011/05/menores-en-los-medios-de-comunicacion.html

Noticias:

http://sociedad.elpais.com/sociedad/2014/07/04/actualidad/1404497454_308976.html

http://entretenimiento.terra.es/tv/la-fiscalia-denuncia-a-entre-todos-por-usar-a-un-menor,a7943d7275f07410VgnVCM20000099cceb0aRCRD.html

http://comunicacionymenores.blogspot.com.es/

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